Ref. Acuerdo con AOT.
Tenemos el agrado de informar que en el dia de la fecha esta Federacion suscribio con la Asociacion Obrera Textil (AOT) un acuerdo mediante el cual se ha establecido que los empleadores pagaran a sus trabajadores comprendidos en el convenio colectivo, una gratificacion por unica vez (art. 6 ley 24.241) de $ 1.800.-. Teniendo en cuenta el concepto de que se trata, dicha suma no se encuentra alcanzada por aportes ni contribuciones.
Dicha gratificacion debera se hara efectiva a razon de terceras partes, las dos primeras a titulo de adelanto, durante la 1ª semana de abril de 2014 y 2ª semana de mayo de 2014 respectivamente y el pago del saldo sera durante la 1ª semana de junio de 2014.
Por otra parte, debemos mencionar que las empresas que por voluntad propia ya hubiesen otorgado a su personal, beneficios de igual naturaleza que lo aqui establecido, compensaran el valor ya otorgado con lo aqui pactado, hasta su concurrencia
Se adjunta al presente el respectivo acuerdo suscripto.